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Circular Sobre Provisión de Pago de Desahucio y Pensiones Jubilares Patronales
Registro Oficial No. 365
Publicado en Agosto 1, 2023

A través del Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 365 de Agosto 1, 2023; el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una circular que establecen criterios de aplicación sobre la deducibilidad sobre la provisión de los pagos de desahucio y pensiones jubilares patronales.

La Circular No. NAC-DGECCGC23-00000006 establece que el criterio de aplicación de que las provisiones para el pago de desahucio y pensiones jubilares patronales deben ser consideradas como no deducibles en el ejercicio contable en que se registran contablemente y originan una diferencia temporaria que permite el reconocimiento de un activo por impuesto diferido que podrá ser utilizado al momento en que se produzca el pago de dichas obligaciones laborales.

Por otro lado, si dichas provisiones no se utilizan y deben reversarse, los ingresos que se generen por dicho reverso tendrán que ser considerados como gravados o no sujetos al impuesto a la renta en la misma proporción en que hubieran sido considerados como gastos deducibles o no en el ejercicio en que fueron provisionados.

 

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