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Regulación para la Emisión de Facturas por Parte de los Socios / Accionistas de Operadores de Transporte Comercial de Taxis y Transporte Público Intra-cantonal e Intra-provincial en Buses
Registro Oficial No. 391
Publicado en Septiembre 07, 2023

A través de Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000023 de Septiembre 05 del 2023 publicada en Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 391 de Septiembre 07 del 2023 el Servicio de Rentas Internas (SRI) establece regulaciones para el cumplimiento de los deberes formales que los socios o accionistas de operadores de transporte comercial de taxis y transporte público intra-cantonal e intra-provincial en buses.

La Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000023 establece regulaciones específicas para el cumplimiento de los deberes formales por parte de los contribuyentes que ejercen la actividad de transporte comercial en taxis y transporte público intracantonal e intraprovincial en buses en el Ecuador. A continuación, se presenta un resumen de los puntos clave de dicha Resolución:

  • Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, que sean socios o accionistas de operadoras de taxis o de operadoras de transporte público intracantonal e intraprovincial en buses autorizadas, deberán emitir al menos una factura electrónica resumen por cada mes por las transacciones relacionadas con dicha actividad, consignando la leyenda «CONSUMIDOR FINAL». Sin embargo, si el adquiriente solicita la factura por cualquier monto, se deberá emitir dichas facturas electrónicas por cada transacción y dichas transacciones no se incluirán en la factura electrónica resumen de cada mes.

  • En el caso específico de taxis que sean catalogados como negocios populares, éstos pueden elegir emitir factura electrónica o nota de venta resumen por cada mes; recordando que si el adquirente lo solicita expresamente, se deberá emitir comprobantes de venta por cualquier monto.

  • La Resolución se encuentra vigente a partir de Septiembre 7 del 2023 (Fecha de Publicación en el Registro Oficial).

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